No se le puede entregar a USA una petición de refugio en Canadá

El principio de no devolución en castellano constituye uno de los pilares fundamentales del derecho internacional de refugiados y está consagrado tanto en la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados como en el derecho canadiense . Este principio establece que ninguna persona puede ser devuelta a un país donde su vida o integridad corren peligro , lo que en el contexto canadiense se traduce en una obligación legal absoluta que trasciende las políticas migratorias ordinarias . En Canadá , este principio se materializa a través de la Immigration and Refugee Protection Act (IRPA) y encuentra su expresión más robusta en los procedimientos de evaluación del riesgo previo a la remoción ( Pre- Removal Risk Assessment – PRRA), donde las autoridades deben determinar si existe riesgo de tortura , riesgo para la vida o riesgo de tratos crueles e inusuales antes de proceder con cualquier deportación .

Deportación Canadá – EUA

Marco Normativo Canadiense

Las normas de inmigración canadiense incorporan el non-refoulement de manera multifacética a través de varios instrumentos legales . La sección 115 de la IRPA prohíbe explícitamente la expulsión de personas a países donde se enfrentarían a tortura , riesgo de vida o tratos crueles , mientras que la Carta de Derechos y Libertades refuerza esta protección bajo el artículo 7, que garantiza el derecho a la vida , libertad y seguridad de la persona. Además , el sistema canadiense reconoce la definición ampliada de refugiado que incluye no solo persecución individual sino también violencia generalizada y violaciones masivas de derechos humanos .

El Acuerdo de Tercer País Seguro (STCA) con Estados Unidos, reformulado tras decisiones judiciales recientes , constituye una excepción limitada al principio, pero mantiene salvaguardas que permiten reclamaciones cuando existe riesgo de devolución indirecta .

Situación Actual del Cruce Fronterizo USA- Canadá

La frontera entre Estados Unidos y Canadá presenta actualmente una dinámica compleja que pone a prueba la aplicación del principio de no devolución . El incremento significativo de cruces irregulares e incluso por puestos de frontera ha generado tensiones entre la obligación de protección internacional y el control migratorio . Tras las modificaciones al STCA en 2023, que extienden su aplicación a toda la frontera terrestre , se han documentado casos donde personas son devueltas a Estados Unidos sin una evaluación exhaustiva de riesgo , lo que plantea interrogantes sobre el cumplimiento efectivo del non-refoulement . La jurisprudencia canadiense reciente , incluyendo decisiones de la Corte Federal, ha enfatizado que las autoridades deben realizar evaluaciones individualizadas del riesgo antes de cualquier remoción , especialmente cuando involucra poblaciones vulnerables como menores no acompañados , personas LGBTI+ o solicitantes provenientes de países con situaciones de violencia generalizada , estableciendo un estándar más riguroso para la aplicación práctica de este principio fundamental en el contexto fronterizo actual.

Asimismo , es ilegal y arbitrario que las familias que llegan a la frontera , y que cuentan con un familiar en Canadá tal y como lo dispone el tratado , sean separadas bajo el argumento por el cual solamente ingresa al país el cónyuge c on un tío o sobrina en el país . El otro cónyuge está condenado a la deportación ipso facto. Le corresponderá a la Corte Federal detener esta interpretación absurda del Tratado que está empujando a millas de familias hispanas a la deportación .

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